Citados los demandados, la Honorable Alcaldía Municipal de Potosí y terceros interesados, estos no
Citados los demandados, la Honorable Alcaldía Municipal de Potosí y terceros interesados, estos no se apersonan, habiéndoseles declarado a los dos primeros rebeldes, y se nombró defensora de oficio para los terceros interesados, sin embargo se apersonaron a la Litis a título de terceros interesados Luis Quispe Funes, Nicolás Ckacka Bautista, Silveria Quispe Flores y Jhonny Alvarez Fernández en calidad de autoridades de la Comunidad San Juan Jesús de Machaca, reconociéndole derechos a la actora sobre una superficie de 5.000 Mts2 únicamente señalando que el restante pertenece a la comunidad como área de pastoreo y pajonal, al margen de lo argumentado, estos no presentaron prueba alguna que demuestre lo expresado, así mismo intervienen en el proceso Andrea Cruz Mendoza Vda. de Vilacahua, José y Ramón Vilacahua Cruz arguyendo ser propietarios de 34,50 hectáreas y que el lote objeto de usucapión se encuentra dentro de su propiedad, consecuentemente ni la comunidad ni la actora tienen derechos sobre el mismo, que la actora no ha cumplido con el tiempo establecido para la usucapión debido a que desde la gestión de 2005 toda esa zona se encuentra dentro de radio urbano, pidiendo se desestime la pretensión de la actora, pero que sin embargo en toda la tramitación del proceso estos no demostraron que el predio objeto de usucapión se encuentre dentro de su propiedad
- Auto Supremo: 550/2013
- Sucre: 4 de noviembre 2013
- Partes: Felisa Bobarin Bautista Vda
- Proceso: Usucapión Extraordinaria
- Distrito: Potosí
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de primera instancia la actora Felisa Bobarin Bautista Vda
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- Concluye solicitando a este Tribunal que el Auto de Vista recurrido sea anulado y como
- Conforme lo acusado por la recurrente y el análisis de todo el proceso y en
- Citados los demandados, la Honorable Alcaldía Municipal de Potosí y terceros interesados, estos no
- Tramitada la causa, el Juez de primer grado emite Sentencia, declarando improbada la demanda de
- De la lectura del recurso de casación, la recurrente reclama dos aspectos: 1) que los
- Sobre lo anotado se debe precisar lo siguiente, que si bien resulta evidente
- Si bien no puede negarse la posesión bajo las reglas del régimen legal agrario
- En conclusión este Tribunal considera que la recurrente no puede pretender hacer extensiva su posesión
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
