DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Manifiesta que el art. 138 del Código Civil establece que la propiedad de un bien inmueble se adquiere también por la sola posesión continuada durante 10 años, consistiendo la carga de la prueba, en demostrar que la posesión alegada siempre fue continuada libre, pacífica y pública, aspectos que en caso de autos habría sido contundentemente demostrado con el documento privado de fecha 6 de febrero de 1991, fecha desde la cual, la actora ejerció posesión, cumpliendo a cabalidad con los dos elementos de la posesión, como son el corpus y animus pero lamentablemente el Auto de Vista recurrido así como el Juez de Primera instancia quebrantaron el art. 138 del Código Civil , al no haberlo aplicado en su verdadera dimensión, pese a que la posesión sobre el terreno objeto del proceso fue ampliamente demostrado
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Manifiesta que el art. 138 del Código Civil establece que la propiedad de un bien inmueble se adquiere también por la sola posesión continuada durante 10 años, consistiendo la carga de la prueba, en demostrar que la posesión alegada siempre fue continuada libre, pacífica y pública, aspectos que en caso de autos habría sido contundentemente demostrado con el documento privado de fecha 6 de febrero de 1991, fecha desde la cual, la actora ejerció posesión, cumpliendo a cabalidad con los dos elementos de la posesión, como son el corpus y animus pero lamentablemente el Auto de Vista recurrido así como el Juez de Primera instancia quebrantaron el art. 138 del Código Civil , al no haberlo aplicado en su verdadera dimensión, pese a que la posesión sobre el terreno objeto del proceso fue ampliamente demostrado
- Auto Supremo: 550/2013
- Sucre: 4 de noviembre 2013
- Partes: Felisa Bobarin Bautista Vda
- Proceso: Usucapión Extraordinaria
- Distrito: Potosí
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de primera instancia la actora Felisa Bobarin Bautista Vda
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Concluye solicitando a este Tribunal que el Auto de Vista recurrido sea anulado y como
- Conforme lo acusado por la recurrente y el análisis de todo el proceso y en
- Citados los demandados, la Honorable Alcaldía Municipal de Potosí y terceros interesados, estos no
- Tramitada la causa, el Juez de primer grado emite Sentencia, declarando improbada la demanda de
- De la lectura del recurso de casación, la recurrente reclama dos aspectos: 1) que los
- Sobre lo anotado se debe precisar lo siguiente, que si bien resulta evidente
- Si bien no puede negarse la posesión bajo las reglas del régimen legal agrario
- En conclusión este Tribunal considera que la recurrente no puede pretender hacer extensiva su posesión
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
