Auto Supremo AS/0550/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0550/2013

Fecha: 04-Nov-2013

De la lectura del recurso de casación, la recurrente reclama dos aspectos: 1) que los

De la lectura del recurso de casación, la recurrente reclama dos aspectos: 1) que los Tribunales de instancia a su turno habrían quebrantado el art. 138 del Código Civil, al no haber aplicado en su verdadera dimensión, siendo que la actora demostró contundentemente, que viene poseyendo el indicado inmueble desde el 6 de febrero de 1991, cumpliendo a cabalidad con los dos elementos de la posesión, como son el corpus y ánimus; 2) que los Tribunales de Instancia sustentaron su decisión en el hecho de la ampliación de la mancha urbana de la ciudad de Potosí por Resolución Municipal 047/2005 y el cómputo para accionar la prescripción adquisitiva, recién se tomaría en cuenta desde la señalada gestión, aspecto que se apartaría de lo establecido por el art. 138 del Código Civil, pidiendo se reconozca su posesión anterior, tomando en cuenta que no existe norma que establezca con claridad que la posesión ejercida anteriormente no deba ser tomada en cuenta, siendo que lo único que cambio fue la situación del predio y que de ninguna manera se puede desconocer su posesión por más de 20 años