Que, al haberse planteado el recurso de casación en
“Artículo 417. (Requisitos). “En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos y como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida en el que se invocó el precedente. El incumplimiento de estos requisitos determinará su inadmisibilidad”
Que, al haberse planteado el recurso de casación en dichos términos, es evidente que la recurrente no cumplió en el recurso de casación con la expresión de las contradicciones en las que presuntamente habría incurrido el tribunal de alzada a tiempo de resolver tales denuncias, pues no llegó a postular cómo es que ante una situación de hecho similar a los reclamos concretos que efectuó en apelación, el tribunal de alzada asumió una solución jurídica contraria a la asumida por la jurisprudencia nacional, debiendo postular la contradicción en la que habría incurrido el tribunal de apelación al adoptar la decisión judicial concreta respecto de otros fallos que en línea de jurisprudencia establecerían una solución jurídica diversa en casos análogos
Que, al haberse planteado el recurso de casación en dichos términos, es evidente que la recurrente no cumplió en el recurso de casación con la expresión de las contradicciones en las que presuntamente habría incurrido el tribunal de alzada a tiempo de resolver tales denuncias, pues no llegó a postular cómo es que ante una situación de hecho similar a los reclamos concretos que efectuó en apelación, el tribunal de alzada asumió una solución jurídica contraria a la asumida por la jurisprudencia nacional, debiendo postular la contradicción en la que habría incurrido el tribunal de apelación al adoptar la decisión judicial concreta respecto de otros fallos que en línea de jurisprudencia establecerían una solución jurídica diversa en casos análogos
- Partes: Ministerio Público c/ Marina Muriel Aviles y
- Que, la sentencia pronunciada por el tribunal de la causa, fue objeto de impugnación
- - Por su parte la recurrente Susana Trujillo, señala que la sentencia apelada, acusa
- CONSIDERANDO III: Que, a través de los recursos de casación, de forma separada las procesadas
- - Por su lado la recurrente Susana Trujillo, en la
- - Alega, que el tribunal de sentencia al imponer la pena de diez años de
- - Señala que se ha vulnerado lo previsto por los
- - Finalmente, por los motivos expuestos, la recurrente solicita en aplicación al Art
- CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- El recurrente deberá señalar la contradicción que existiría entre la Resolución impugnada y los precedentes
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad de los recursos
- Que, la recurrente Marina Muriel Aviles, no ha postulado precedente contradictorio en el recurso
- Art
- Que, al haberse planteado el recurso de casación en
- Ahora bien, por expresa previsión de la
- En consecuencia, al no haberse otorgado el cumplimiento a los requisitos de admisibilidad corresponde declarar
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
