Auto Supremo AS/0594/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2013

Fecha: 21-Nov-2013

2

2.- Refiere “De la omisión de la valoración de la prueba” arguyendo que aun cuando hubiera puesto a conocimiento del A quo prueba, demostrativa que fue hecho efectivo el pago del monto total de su acreencia con aportes a capital, habrían determinado los de instancia que esos documentos carecería de valor probatorio, reclamando que debe ser el Juez que como Director del proceso asumiendo dirección y control valore las pruebas que harían del Principio Dispositivo un requisito de ofrecimiento y nada más, que las mismas debieran valorarse mediante la carga procesal, de acuerdo a la verdad fáctica del proceso