Auto Supremo AS/0594/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2013

Fecha: 21-Nov-2013

En relación a la presunta omisión en la valoración de la prueba, habrá que señalar

En relación a la presunta omisión en la valoración de la prueba, habrá que señalar que a tiempo de emitir la Sentencia así como el Auto de Vista, refieren que existe evidencia del pago a capital, ese aspecto nunca estuvo en discusión y así lo entendieron los Juzgadores, y precisamente por la labor que les asigna el art. 190 del Código de Procedimiento Civil de dar solución a la controversia suscitada, arribaron a la conclusión que el ahora recurrente no cumplió con su obligación de honrar los intereses que devengó el capital que fue cancelado, tomando en cuenta para ello de manera pertinente lo saliente de la expresión de los propios documentos ofrecidos como prueba, arribando a la certeza de la verdad de la afirmación contenida en la demanda con relación a las pruebas que se produjo, esto se encuentra enmarcado dentro de los alcances del art. 190 procesal que se señaló y conforme los principios establecidos en el art. 180 de la Constitución Política del Estado, esencialmente de la verdad material que dispone la norma constitucional, encuadrando su actuación dentro de un razonable marco de interpretación jurídica