Auto Supremo AS/0661/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2013

Fecha: 04-Nov-2013

Al respecto, se evidencia que el Tribunal de segunda instancia estableció válidamente, que en el

Al respecto, se evidencia que el Tribunal de segunda instancia estableció válidamente, que en el caso que se analiza concurren las características de una relación laboral establecidas en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, ello es así porque de antecedentes se evidencia que los demandantes prestaron sus servicios bajo dependencia y subordinación de la parte demandada toda vez que se encontraban constreñidos a cumplir con ciertas obligaciones impartidas por el demandante, prestando sus servicios por cuenta ajena; es decir, como ayudante de cocina y garzón respectivamente, cancelándoseles una remuneración que se efectivizaba una vez cumplida su jornada en contraprestación al trabajo realizado y cumpliendo el horario de trabajo que se les impuso; por lo que, se colige que la prestación de servicios se materializó bajo una relación obrero patronal al haber concurrido las características esenciales de una relación laboral