Auto Supremo AS/0661/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2013

Fecha: 04-Nov-2013

Por otro lado, respecto a que el Tribunal de Alzada habría violado el artículo 178

Por otro lado, respecto a que el Tribunal de Alzada habría violado el artículo 178 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que según afirma el demandado, el Auto de Vista hace constar la existencia de la declaración testifical de Ítalo Marvin Pinto Valencia, existiendo una sola declaración, que conforme a la disposición mencionada no hace prueba alguna. Al respecto, cabe señalar que las pruebas deben ser compulsadas de forma conjunta, en razón de que la Sentencia debe recaer sobre la base de todos los puntos litigados conforme al artículo 202 del Código Procesal del Trabajo, entendiéndose que los jueces de instancia deben valorar de forma global todas las pruebas presentadas, tal cual se hizo en Sentencia y se ratificó en el Auto de Vista, no siendo por tanto evidente que se hubiera transgredido el artículo 178 del Adjetivo Laboral, citado ut supra ya que la Sentencia baso su decisión en el cúmulo de pruebas, entre ellas varias declaraciones testificales como las que cursan de fs. 54, 57, toda vez que para llegar a la decisión asumida, valoró la prueba aportada por las partes oportunamente en su conjunto dentro del marco de lo previsto en los artículos 3. j) 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo; por lo que, tampoco resulta ser evidente la acusación de vulneración del artículo 19 de la Ley General del Trabajo