A mayor abundamiento, cabe puntualizar, que en el recurso de casación, no basta señalar la
A mayor abundamiento, cabe puntualizar, que en el recurso de casación, no basta señalar la norma supuestamente vulnerada o el error presuntamente incurrido, al contrario debe efectuarse un análisis de la violación, falsedad o error en el propio recurso, para permitir al Tribunal de casación, establecer con precisión el error en el que habría incurrido el juzgador, toda vez que los jueces de instancia se encuentran obligados a apreciar las pruebas y los indicios en su conjunto, no estando sujetos a la tarifa legal de las mismas, y por tanto deben formar libremente su convencimiento inspirándose en los principios científicos que informa la crítica de la prueba, en función a las circunstancias que resaltan por su relevancia dentro del proceso, así como la conducta procesal observada por las partes, como señala el artículo 158 del Código Procesal del Trabajo, en relación con el artículo 3. j) del mismo cuerpo legal
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- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis con relación
- A mayor abundamiento, cabe puntualizar, que en el recurso de casación, no basta señalar la
- De tal forma se infiere en la especie, que si bien la empresa recurrente reclamó
- No obstante de esta desinteligencia recursiva, a fin de dilucidar lo acusado corresponde señalar que,
- Por otra parte, en cuanto a la supuesta omisión en la que hubiese incurrido el
- Respecto al incumplimiento total o parcial del convenio, de la revisión de antecedentes no se
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
