Que, contra el referido Auto de Vista,
Que, contra el referido Auto de Vista, la actora interpone Recurso de Casación, fs. 246 a 250 en el que fundamenta:
Acusa que el Auto de Vista, viola el Auto Supremo No. 13 de 15 de septiembre de 2004 en relación al art. 120 de la Ley General del Trabajo, el mismo que abre la posibilidad de presentar nueva demanda en la parte resolutiva, señalando que no existe perención de instancia en materia laboral en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 162 de la Constitución Política del Estado
Acusa que el Auto de Vista, viola el Auto Supremo No. 13 de 15 de septiembre de 2004 en relación al art. 120 de la Ley General del Trabajo, el mismo que abre la posibilidad de presentar nueva demanda en la parte resolutiva, señalando que no existe perención de instancia en materia laboral en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 162 de la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el presente proceso
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Arguye que en reiteradas oportunidades interrumpió la
- Concluyó el memorial solicitando casar el Auto
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos
- Por lo que, habiendo sido presentada la
- Al respecto la jurisprudencia sentada por la
- Finalmente, se tiene presente que, es deber
- Que, en el marco legal descrito y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- Sin responsabilidad por ser excusable
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 069/2013
