Que, en el marco legal descrito y
Que, en el marco legal descrito y disposiciones legales de la materia enunciadas en la presente resolución, se concluye que el Tribunal de Alzada incurrió en errónea aplicación de normas laborales, por lo que corresponde aplicar el art. 274 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código procesal del trabajo
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el presente proceso
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- Arguye que en reiteradas oportunidades interrumpió la
- Concluyó el memorial solicitando casar el Auto
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos
- Por lo que, habiendo sido presentada la
- Al respecto la jurisprudencia sentada por la
- Finalmente, se tiene presente que, es deber
- Que, en el marco legal descrito y
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- Sin responsabilidad por ser excusable
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 069/2013
