Auto Supremo AS/0317/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2013-RA

Fecha: 05-Dic-2013

2)Agrega que, en un caso similar por el delito de estafa seguido en su contra,


2)Agrega que, en un caso similar por el delito de estafa seguido en su contra, la misma Sala Penal Segunda emitió el Auto de Vista 01/2012 de 20 de enero, en el que en base al art. 17.1 de la Ley de Organización Judicial, advirtió que el Tribunal de Sentencia dispuso no considerar la introducción de las pruebas de descargo a juicio; sin embargo, no declaró la exclusión de dicha prueba, vulnerando con ello el art. 172 del Código de Procedimiento Penal (CPP), toda vez que el Tribunal debe declarar la exclusión probatoria de la prueba de descargo; empero, señala que dicho Auto de Vista no explica cómo se vulnerarían los derechos de la parte acusadora con dicha prueba de descargo, y que el Auto de Vista ahora impugnado, es contradictorio a dicho precedente, puesto que de manera contradictoria señala que su persona cuestiona errores relacionados con el análisis y valoración probatoria, sin señalar cuál la valoración correcta que debió realizar el Tribunal de apelación; estos extremos, según el imputado recurrente, demuestran la contradicción en relación al caso anterior