El art
Con dichos antecedentes, solicita se promueva nuevo juicio por otro Tribunal, o en su caso se dicte nueva Sentencia considerando todas las pruebas y principalmente las atenuantes que la ley otorga.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 29 de agosto de 2013, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La referida Sentencia fue objeto de recurso de apelación restringida por parte del imputado Roberto
- c)Contra el mencionado Auto de Vista, el imputado, interpuso el recurso de casación, que ahora
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Agrega que, en un caso similar por el delito de estafa seguido en su contra,
- 5)Señala que en apelación restringida denunció inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva [art
- 6)También denuncia que la Sentencia que le condena no fue debidamente fundamentada [art
- 7)El imputado también denuncia que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido en su tercer agravio,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
