Auto Supremo AS/0317/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2013-RA

Fecha: 05-Dic-2013

5)Señala que en apelación restringida denunció inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva [art


3)También denuncia que, el Auto de Vista impugnado es contradictorio al Auto Supremo 152/2012 de 20 de junio, que señala que las excepciones son de previo y especial pronunciamiento al condicionar la emisión de una decisión sobre el fondo del asunto en el proceso, y que si existiere una apelación incidental, esta debe ser resulta con carácter previo a la resolución de fondo; pues en el caso presente, el Auto de Vista recurrido, previamente debió resolver la apelación incidental y si ameritaba recién la apelación restringida, extremo que no se cumplió en el caso analizado; enfatizando que opuso excepción de falta de acción que fue declarada improbada, motivo por el cual interpuso recurso de apelación incidental.

4)Reiterando sus cuestionamientos a la representación legal de la empresa FINO S.A., el imputado señala que demostró la existencia de defectos absolutos en relación al agravio del art. 289 del CPP, puesto que el representante Fiscal señaló que habrían otras víctimas como Julio Trigueño Ichuta; sin embargo, el nombrado fue notificado en el domicilio de Aceites FINO S.A.; con este antecedente, refiere que formuló reclamo por vulneración del derecho a defensa de Julio Trigueño Ichuta, mereciendo la respuesta del Tribunal en sentido de que no tenía poder menos podía reclamar por esta persona; empero, lo que pretendía era demostrar la inexistencia de víctimas múltiples.

5)Señala que en apelación restringida denunció inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva [art. 370 inc. 1) del CPP] en razón a que la prueba aportada fue erróneamente valorada, puesto que sólo se hizo hincapié en las referencias del querellante, sin mencionar su atestación en juicio, por lo que considera vulnerado su derecho a defensa y a la igualdad de las partes, ya que la declaración constituye un medio de defensa