Auto Supremo AS/0323/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2013-RRC

Fecha: 06-Dic-2013

III.2. Análisis del caso concreto


Además, resulta necesario señalar partiendo del principio constitucional de celeridad, que debe entenderse que la falta de respuesta a uno o más motivos de



un recurso, por sí misma no constituye un defecto absoluto, que necesariamente tenga como efecto la declaración de nulidad de la resolución recurrida; en cuyo mérito, frente a una situación omisiva, debe realizarse un análisis de relevancia, partiendo no sólo desde la perspectiva de la inexistencia de respuesta judicial, sino esencialmente desde la relevancia del defecto y la trascendencia constitucional que tenga.
III.2. Análisis del caso concreto