Auto Supremo AS/0346/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

Con la finalidad de resolver la problemática planteada, es menester precisar que conforme se desprende

Con la finalidad de resolver la problemática planteada, es menester precisar que conforme se desprende del ordenamiento penal vigente, la imposición de la pena es exclusivamente jurisdiccional, para ello, el Juez debe tener presente lo dispuesto por el art. 25 del CP, que establece que la pena tiene como fines la enmienda y readaptación social del delincuente, así como el cumplimiento de las funciones preventivas en general y especial; es decir, el fin de la pena para nuestro sistema penal, es el corregir al delincuente y al mismo tiempo hacer conocer a la sociedad cuales son las consecuencias del ilícito. De lo descrito por los arts. 37 y 38 del CP, se desprende que el Juzgador para determinar la pena, debe desarrollar una labor en la que se identifiquen las circunstancias y consecuencias del delito, tener atención en la personalidad del autor, la mayor o menor gravedad del hecho; a este efecto está obligado a tomar conocimiento directo de la personalidad del imputado, de la víctima y de las circunstancias del hecho, además de tener presente que conforme el art. 13 del CP, la culpabilidad y no el resultado es el límite de la pena