Auto Supremo AS/0346/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

En la cuarta conclusión de: “VALORACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA” (sic), del CONSIDERANDO II establece: “Para


En el inc. b) se señala que: “Luego continuaron discutiendo sobre el derecho propietario del inmueble y Sixto Palacios dijo a Franklin Crespo, textual ‘la próxima voy a estar con mi cuñado y te voy a agarrar a solas y ahí va ser diferente, mi



cuñado te tenía ganas, dándome a entender que la próxima vez me iba a liquidar’…” (sic).

En la cuarta conclusión de: “VALORACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA” (sic), del CONSIDERANDO II establece: “Para la fijación de la pena de conformidad con los Arts. 37, 38, 39 y 40 del C.P. se toma en cuenta la naturaleza de la acción, los móviles que impulsaron Sixto Palacios, la gravedad del hecho, el grado de educación, la conducta anterior al hecho, la personalidad del acusado y las circunstancias que lo motivaron. Asimismo existiendo concurso real de delitos, para la imposición de la sanción se considerará la pena del delito más grave como determina el art. 44 del C.P.” (sic)