Auto Supremo AS/0379/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2013

Fecha: 31-Dic-2013

2

2. Defectos de Sentencia previstos en el artículo 370 incisos 1), 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal. Señala que existe errónea aplicación de la ley sustantiva y valoración defectuosa de la prueba, de conformidad al artículo 370 incisos 1) y 6) del Código de Procedimiento Penal, debido a la confusión y distorsión técnica de los delitos que se le imputan, pues los testigos de cargo son dependientes de la firma Honda Sport y tienen interés legítimo, precisando las contradicciones de dichas declaraciones, por lo que la Juez de Sentencia debió declarar su absolución; alude la Sentencia Constitucional Nro. 1008/2005-R para indicar que jamás actuó en la pérdida de los dineros de forma dolosa, de ahí que la Sentencia apelada tiene los defectos previstos por el artículo 370 incisos 1), 5) y 6) del referido cuerpo legal