Auto Supremo AS/0665/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2013

Fecha: 26-Dic-2013

En el caso de Autos, para determinar si es evidente o no lo denunciado por

El error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba emerge de la actividad incorrecta del Juez respecto a la consideración de las pruebas respecto a la verdad histórica de los hechos que los vinculan; se presenta por una parte cuando se otorga a las pruebas un valor diferente al que la ley les asigna o se haya restado su valor legal o siendo esenciales, se haya omitido valorarlas, lo cual a sus vez deriva en aplicación incorrecta de la ley; por otra parte el error se presenta cuando en la apreciación de dichas pruebas no se haya aplicado correctamente las reglas de la lógica, la experiencia y la sana crítica, de tal modo que el error genere una evidente injusticia; cuando los tribunales de instancia incurren en tales situaciones o disfrazan bajo la apariencia de simples declaraciones, verdaderas apreciaciones jurídicas, se abre la competencia del Tribunal de casación para la revisión de las pruebas, sin que ello implique rebasar su actividad jurisdiccional de los de instancia.
En el caso de Autos, para determinar si es evidente o no lo denunciado por los recurrentes, se pasa a considerar dichos recursos en el orden como fueron planteados