Auto Supremo AS/0774/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0774/2013

Fecha: 19-Dic-2013

En tal circunstancia no se puede evidenciar lo señalado en los puntos expuestos por

En tal circunstancia no se puede evidenciar lo señalado en los puntos expuestos por el recurrente, porque como se observó, se ve claramente que no existe contradicción entre los precedentes contradictorios aludidos con el Auto de Vista, pues, en el presente caso se realizó una adecuada fundamentación, por cuanto el Juez de la causa realizó la debida motivación del fallo, de manera que se determinó cuáles fueron las razones y fundamentos en los que se sustenta la Sentencia, por lo que, el Tribunal de Alzada a momento de pronunciarse sobre la Apelación Restringida planteada por el recurrente, ha obrado dentro de los límites establecidos por la normativa penal