Auto Supremo AS/0784/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0784/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Evidenciándose en obrados que no se fundamentó por parte del ente fiscal el origen

Evidenciándose en obrados que no se fundamentó por parte del ente fiscal el origen de todos y cada uno de los depósitos efectuados en las cuentas bancarias de terceras personas que coinciden con los apellidos Mustafa Saenz, para poder concluir de manera indubitable que se tratarían de ingresos percibidos por el contribuyente por ventas no declaradas conforme establece el artículo 43. I de la Ley Nº 2492, vulnerándose de esta manera los derechos al debido proceso y a la defensa; por lo que, se concluye que la nulidad de la Resolución Determinativa E.A. 0109/2008 de 23 de octubre de 2008, dispuesta por el Juez a quo y confirmada por el Tribunal de Alzada es correcta, toda vez que al proceso contencioso tributario, se lo entiende como un conjunto de medios o recursos que provee la Ley, para dar solución a los conflictos que surgen del conjunto de relaciones jurídicas tributarias y que son planteados por los sujetos pasivos de esa relación, los contribuyentes, en defensa de sus derechos que han sido lesionados por la actuación del sujeto activo. Solución que comporta un acto jurisdiccional en el que se establece una declaración con carácter de definitiva respecto a quien corresponde el derecho invocado