En grado de apelación interpuesta por la entidad ahora recurrente (fs
En grado de apelación interpuesta por la entidad ahora recurrente (fs. 86 a 89 vta.), mediante Auto de Vista Nº 062/2013-SSA-I de 29 de marzo de 2013 (fs. 110 a 111 vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia apelada Nº 12/2012 de 5 de septiembre de 2012 cursante a fs. 71 a 84 de obrados. Sin costas en cumplimiento al artículo 39 de la Ley Nº 1178
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación interpuesta por la entidad ahora recurrente (fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Refirió también, que la Administración Tributaria dentro de sus facultades de recaudación, fiscalización y determinación
- Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que en mérito de los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en
- Ahora bien, debe tomarse en cuenta que conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal,
- Evidenciándose en obrados que no se fundamentó por parte del ente fiscal el origen
- A mayor abundamiento amerita señalar que no se encuentra fundamento legal convincente en el recurso
- Por lo señalado, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
