Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (Ley SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación interpuesta por la entidad ahora recurrente (fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Refirió también, que la Administración Tributaria dentro de sus facultades de recaudación, fiscalización y determinación
- Finalmente solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista y deliberando
- CONSIDERANDO II: Que en mérito de los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en
- Ahora bien, debe tomarse en cuenta que conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal,
- Evidenciándose en obrados que no se fundamentó por parte del ente fiscal el origen
- A mayor abundamiento amerita señalar que no se encuentra fundamento legal convincente en el recurso
- Por lo señalado, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
