Auto Supremo AS/0007/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2013-RA

Fecha: 04-Feb-2013

En cuanto al segundo motivo del recurso establecido en el inciso 2) del acápite II

En cuanto al segundo motivo del recurso establecido en el inciso 2) del acápite II.1, el recurrente fundamenta con precisión que el Auto de Vista impugnado, resulta contradictorio al Auto Supremo 112/2007, en el que se establecería que el Tribunal de alzada no está facultado para valorar total o parcialmente la prueba y que su facultad se limita a pronunciarse con relación a la fundamentación de la valoración de la prueba; estableciendo el recurrente de manera precisa en qué consisten las contradicciones - la falta de fundamentación respecto a la configuración del delito Violación que es diferente al Abuso Deshonesto y la revalorización de la prueba en que incurrió el Tribunal de alzada - en las que se hubiese incurrido al pronunciarse el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado; consiguientemente, la presente denuncia deviene en admisible