Auto Supremo AS/0007/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2013

Fecha: 21-Feb-2013

Con relación al supuesto incumplimiento de los artículos 15 de la Ley de Organización

Con relación al supuesto incumplimiento de los artículos 15 de la Ley de Organización Judicial y 252 del Código de Procedimiento Civil, al respecto el recurrente olvida que dicha norma orgánica no tiene aplicación alguna en la resolución del caso sub lite, si bien fueron enunciados en el Auto de Vista recurrido fue para dar a conocer que los mencionados artículos otorgan al Tribunal Supremo la facultad de fiscalizar los procesos que llegan a su conocimiento, a objeto de verificar si en su tramitación se observaron las reglas del debido proceso, así como el cumplimiento de las normas procesales, a fin que las resoluciones que contenga sean útiles en derecho y guarden la seguridad jurídica que las partes buscan a través de aquél, habiendo dado estricto cumplimiento el Tribunal de Apelación, a lo previsto por los artículos mencionados, no siendo evidente que hayan sido vulnerados, violados o mal aplicados. Por otra parte, la supuesta violación de los artículos 90, 50 y 327 inc. 4) del Código de Procedimiento Civil, por no encontrase contenidas en el pronunciamiento del fallo impugnado, constituye un planteamiento errado del recurso, puesto que no puede haber violación de una ley ajena a la litis