Notificado el recurrente con dicha Sentencia, mediante memorial cursante a fs
Notificado el recurrente con dicha Sentencia, mediante memorial cursante a fs. 2027, formuló recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 61/2009 de 20 de junio; sin embargo, ante el recurso de nulidad interpuesto por la imputada Blácida Rossemary Aguilera de Quisbert, se emitió el Auto Supremo 138 de 2 de marzo de 2011 de fs. 2084 a 2086 vta., que anuló obrados y dispuso que el Tribunal de alzada dicte nuevo Auto de Vista; es así, que en cumplimiento de dicha Resolución, se emitió el Auto de Vista 03/2012 de 31 de agosto, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró la absolución de Blácida Rossemary Aguilera de Quisbert, por la comisión de los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, sancionado en los arts. 198 y 199 del CP, sin costas; y, dictó Sentencia condenatoria contra Félix Rossa Mangudo Collao, por la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes, tipificado y sancionado por el art. 154 del CP, imponiendo la sanción de un año de privación de libertad, con costas y reparación de daños y perjuicios a la parte civil y al Estado; además, declaró su absolución por los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, sin costas por no advertirse temeridad y malicia en la querella
- Por memorial cursante de fs
- Por Sentencia 028/2008 de 10 de marzo, que cursa de fs
- Notificado el recurrente con dicha Sentencia, mediante memorial cursante a fs
- Conforme consta de la diligencia cursante a fs
- Del memorial del recurso se extraen los siguientes motivos
- AGUILAR como lo refiere el Artículo 242 numeral 3) del Código de 1972, por lo
- Agrega que no se pudo establecer donde y con qué actuados la autoridad concluyó por
- También expresa: "Que, el Artículo 284 refiere a la apelación de las sentencias, que a
- Finalmente enfatiza que conforme el art
- Radicada la causa en este Tribunal, cumpliendo lo dispuesto por el art
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Notificadas las partes, interpusieron recursos de apelación tanto Noel Fuentes Gutiérrez apoderado de Enrique Mamani
- En mérito al recurso de nulidad formulado por la imputada, el Tribunal Supremo de Justicia,
- Con el referido Auto de Vista, el 9 de octubre de 2012, se efectuó la
- Previamente es menester señalar que la primera Disposición Final del vigente Código de Procedimiento Penal,
- art
- que fue presentado dentro el término de diez días, dando cumplimiento al art
- En relación a los requisitos descritos en el art
- Efectuada esta precisión se tiene en el caso de autos, que si bien en el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
