En recurso de apelación deducido por el asegurado (fs
En recurso de apelación deducido por el asegurado (fs. 111), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 089/2012 de 30 de mayo de 2012 (fs. 124-125), revocó la RA Nº 078/09 de 04.02/2009 de fs. 96-99, disponiendo que inmediatamente la Comisión de Reclamaciones del SENASIR dicte nueva Resolución, dejando sin efecto la RA Nº 10726 de 08.10/2008 pronunciada por la Comisión de Calificación de Rentas, fusionando las Rentas de COSSMIL y SENASIR, con los incrementos anuales hasta octubre de 2008, fecha de fusión de rentas, en aplicación de los artículos 63 y 64 del MPRCPA
- Ante esta determinación el asegurado presentó recurso de reclamación (fs
- En recurso de apelación deducido por el asegurado (fs
- En ese sentido refiere que la Comisión de Calificación de Rentas dispuso fusionar la renta
- Concluyó solicitando se conceda el recurso ante “…
- En tal situación, mediante Resolución Administrativa Nº 0010726 de 8 de octubre de 2008 (fs
- A efectos de resolver la problemática, corresponde citar lo establecido por el artículo 63 del
- De esa manera, el artículo 1º de la Resolución de Directorio Nº 024 de 28
- En el marco de lo anotado precedentemente, si bien la actuación administrativa de la fusión
- Corresponde aquí señalar que la doctrina actual define al derecho adquirido como “aquel respecto del
- En ese marco, el SENASIR no puede dejar sin efecto el incremento a la renta
- Por lo relacionado, siendo que el Tribunal de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
