i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
- Notificada la imputada el 25 de febrero de 2013 (fs
- La recurrente sostiene que si bien el Auto de Vista, reconoce que no puede revalorizar
- establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso
- En el caso de autos, se constata que la recurrente observó el plazo para la
- Es así, que respecto al primer motivo, por el cual la recurrente sostiene que si
- Por lo señalado, ante el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
