Por lo señalado, ante el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts
En cuanto al segundo motivo, la recurrente sostiene que el Auto de Vista impugnado, concluyó que si bien en una primera instancia se emitió la Sentencia por la cual fue absuelta, fue dejada sin efecto en mérito a un recurso de apelación interpuesto por el coimputado y no formulado por su parte, sin tomar en cuenta que por lógica jurídica no podía haber apelado a una sentencia que le era favorable; sin embargo, en el presente recurso, se limita a citar y transcribir los Autos Supremos 30/12 de 23 de marzo y 253 de 17 de agosto de 2007, sin señalar cuál la contradicción que existe entre el Auto de Vista impugnado y dichos precedentes; además, de incumplir con las previsiones contenidas en el art. 416 del CPP, por cuanto los referidos precedentes debieron ser invocados por la recurrente a tiempo de interponer la apelación restringida, lo que no sucedió conforme se desprende del contenido del memorial de apelación.
Por lo señalado, ante el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts. 416 y 417 del CPP, el recurso de casación sometido a análisis deviene en inadmisible
Por lo señalado, ante el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts. 416 y 417 del CPP, el recurso de casación sometido a análisis deviene en inadmisible
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
- Notificada la imputada el 25 de febrero de 2013 (fs
- La recurrente sostiene que si bien el Auto de Vista, reconoce que no puede revalorizar
- establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso
- En el caso de autos, se constata que la recurrente observó el plazo para la
- Es así, que respecto al primer motivo, por el cual la recurrente sostiene que si
- Por lo señalado, ante el incumplimiento de las exigencias previstas por los arts
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
