Auto Supremo AS/0098/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2013

Fecha: 19-Mar-2013

En cuanto a la afirmación del demandado, respecto de la ciega aplicación del principio de


En cuanto a la afirmación del demandado, respecto de la ciega aplicación del principio de protección, dadas las características particulares de las relaciones de trabajo, el Estado regula y tutela las reglas a que deberá sujetarse el vínculo laboral, a efecto de evitar que se produzcan burlas en relación con el cumplimiento de los derechos y beneficios laborales debidos al trabajador. En este sentido, el principio de protección se expresa a través de tres elementos que son: In dubio pro operario, el de la norma más favorable y de la condición más beneficiosa