Auto Supremo AS/0115/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0115/2013

Fecha: 15-Mar-2013

Por lo referido, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el

Por lo referido, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso, porque el Tribunal de Apelación hizo una correcta aplicación de la ley, corresponde resolver el recurso de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por disposición de los artículos 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social y 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1987