Auto Supremo AS/0100/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2013-RA

Fecha: 15-Abr-2013

Añade que se resolvió la apelación sin observar lo previsto por el art

4. Finalmente manifiesta, que el Auto de Vista impugnado es contradictorio con el precedente señalado, ya que no se circunscribe a los puntos cuestionados en la apelación de la parte querellante, omitiéndose pronunciamiento sobre los aspectos imprecisos de la apelación, reiterando que se vulneró al debido proceso, la seguridad jurídica y la fundamentación de los puntos ilegales impugnados, lo que constituye defecto absoluto conforme el art. 169 inc. 3) del CPP, vulnerándose garantías constitucionales como el ya señalado debido proceso y la presunción de inocencia, previstos en los arts. 115 y 116 de la CPE.
Añade que se resolvió la apelación sin observar lo previsto por el art. 117 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), siendo que esta norma prevé que los tribunales deben pronunciarse sobre los puntos solicitados en los recursos, resolviendo sólo lo pedido, y que en el presente caso las autoridades de alzada olvidaron realizar la valoración integral de todos los aspectos procesales que hacen a este caso. Además, que el Auto de Vista recurrido no es uniforme, pues existe voto disidente de un Vocal