Siendo así que, como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados,
Siendo así que, como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados, la misma norma legal (art. 417 del CPP última parte), sanciona esta inobservancia con la declaratoria de inadmisibilidad del recurso, lo que constituye un instrumento de filtro que evita que este instituto procesal, concebido para proveer justicia, se desnaturalice y se convierta en un medio dilatorio del proceso
- Por memorial presentado el 25 de marzo de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la querellante Felipa Tupuri Marca formuló apelación restringida (fs
- Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 21 de marzo de 2013
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3
- Añade que se resolvió la apelación sin observar lo previsto por el art
- En definitiva, amparándose en los arts
- El art
- Dicho esto, también conviene recordar que el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación
- Siendo así que, como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados,
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- En primer lugar, es pertinente dejar establecido, que en el presente caso es aplicable el
- impugnó la Sentencia sin fundamentación legal, entre otras que, como se observan, no guardan congruencia
- Esta omisión no puede ser suplida de oficio, ni con el mero argumento de que
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el incumplimiento de los requisitos formales para la admisibilidad
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
