Auto Supremo AS/0131/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2013

Fecha: 03-Abr-2013

Asimismo acusó la violación del carácter obligatorio que tienen las disposiciones sociales y la facultad

Asimismo acusó la violación del carácter obligatorio que tienen las disposiciones sociales y la facultad de revisión y recuperación que tiene el SENASIR, la errónea interpretación del artículo 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social, señalando que la Ley Nº 2197 de 9 de mayo de 2001, modificatoria del artículo 57. III de la Ley de Pensiones Nº 1732 y el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de enero de 2005, las que facultan al SENASIR la revisión de rentas de oficio a efectos de determinar el daño económico causado al Estado que deriva en un recálculo en base a comparación de documentos válidos “planillas”, permitiendo recuperar todo cobro indebido