Auto Supremo AS/0131/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2013

Fecha: 03-Abr-2013

En cuanto a la revisión de oficio por parte de este Tribunal pretendida por la

En cuanto a la revisión de oficio por parte de este Tribunal pretendida por la parte recurrente, se sustenta en una norma derogada, cual es el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, impidiendo estas omisiones e imprecisiones a realizar mayor consideración sobre este aspecto