En apelación la Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012, interpuesto por ambas partes
Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de Sucre, mediante Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012 cursante de fs. 505 a 510, declaró improbada la demanda y probadas las excepciones perentorias interpuestas por el demandando, disponiendo la guarda del menor Samael Alexander Téllez Serrano a favor de su progenitor Víctor Hugo Téllez Tardío, disponiendo al mismo tiempo que el menor visite a su progenitora (madre) donde vive esta última en la ciudad de Santa Cruz permaneciendo por el lapso de diez días durante las vacaciones invernales y 20 días durante las vacaciones finales debiendo la progenitora recoger a su hijo de la ciudad de Sucre del domicilio donde vive y cumplido el término establecido, retornarlo a esta ciudad al domicilio donde vive su hijo.
En apelación la Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012, interpuesto por ambas partes (demandante y demandando), la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista Nº SF-009/2013 de fecha 08 de enero de 2013 cursante de fs. 556 a 558 y vlta., confirma totalmente la Sentencia recurrida; en contra de esta Resolución de segunda instancia, el demandando recurre en casación en la forma y en fondo
En apelación la Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012, interpuesto por ambas partes (demandante y demandando), la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista Nº SF-009/2013 de fecha 08 de enero de 2013 cursante de fs. 556 a 558 y vlta., confirma totalmente la Sentencia recurrida; en contra de esta Resolución de segunda instancia, el demandando recurre en casación en la forma y en fondo
- Distrito: Chuquisaca
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Indica que el demandando le priva de todos los derechos de madre con respecto a
- En apelación la Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2012, interpuesto por ambas partes
- El recurrente a través del ampuloso y confuso memorial que cursa de fs
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- Refiere que la Juez de instancia ha otorgado abiertamente los días de visita del menor
- Con tales argumentos concluye de manera confusa en cuanto al recurso de casación en la
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el fondo el recurrente acusa error de hecho en la apreciación de la prueba,
- La relación del menor con respecto a su madre y viceversa, indudablemente que es necesaria
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en los arts
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
