En grado de apelación interpuesta tanto por la parte demandada como por el actor (fs
En grado de apelación interpuesta tanto por la parte demandada como por el actor (fs. 158-160 y 165-167), mediante Auto de Vista Nº 50/2012 de 15 de noviembre de 2012 (fs. 187-192), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, confirmó parcialmente la Sentencia apelada, sin costas, determinando que el demandado cancele a favor del demandante la suma de Bs. 21.626,82.- correspondiente a indemnización, vacaciones, aguinaldos, bono de antigüedad, horas extras y salario dominical, más la multa del 30% prevista en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006 a determinarse en ejecución de Sentencia
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- En grado de apelación interpuesta tanto por la parte demandada como por el actor (fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- De otro lado, acusó que el Auto de Vista de fs
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista de fs
- CONSIDERANDO II: No obstante que el recurso denota una falta de técnica jurídica y cumplimiento
- En este contexto, se advierte que la parte demandada, a fs
- Por otra parte, en relación a la acusación referida a que el Auto de Vista
- Esto es así, porque tanto el Juez a quo como el Tribunal ad quem estimaron
- Según lo anotado, no es evidente que la Sentencia y el Auto de Vista carecieren
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto ut supra, no siendo evidentes las infracciones acusadas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- No se regula honorario profesional de Abogado, por no haber respondido el actor al recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
