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Firmado
Magistrada Presidenta Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrado Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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- El memorial presentado por Rosmery Martínez Díaz, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, interpuso el recurso de casación que
- De la atenta revisión del recurso, se extraen los siguientes motivos
- En el acápite 1
- Como segundo motivo del recurso de casación, denuncia "ERRONEA APLICACIÓN E LA LEY ADJETIVA ART
- Como tercer motivo, denuncia "defectuosa valoración de la prueba y sentencia basada en hechos inexistentes"
- Por último, manifiesta que el Tribunal de alzada perdió competencia al pronunciar el Auto de
- Finaliza pidiendo que, este Tribunal Supremo, deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- El art
- Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación
- esta inobservancia con la declaratoria de inadmisibilidad del recurso, lo que constituye un instrumento de
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Estando consignado los motivos del recurso de casación en el acápite II de la presente
- En autos la recurrente identifica seis motivos de su recurso de casación, pero en ninguno
- La recurrente denuncia la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, pero elude precisar e
- labor encomendada por el art
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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