Auto Supremo AS/0132/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2013-RA

Fecha: 20-May-2013

Como segundo motivo del recurso de casación, denuncia "ERRONEA APLICACIÓN E LA LEY ADJETIVA ART

Como segundo motivo del recurso de casación, denuncia "ERRONEA APLICACIÓN E LA LEY ADJETIVA ART. 351 DEL C.P. CON RELACION A LOS ARTS. 370 num. 1) Y 363 num. 1) del CPP. ERROR IN IUDICANDO"; al respecto, manifiesta que el bien en cuestión al tratarse de dominio público, sobre el que la acusadora arguye ser propietaria a título de sucesión, se encuentra en otro lugar de Vitichi y que una de sus colindancias es el camino antiguo en el tramo Potosí - Villazón, extremo que el A quo a ultranza no quiso verificar durante la realización de la audiencia de inspección y reconstrucción. Que, a la llegada del primer mandatario, el 7 de diciembre de 2012, no existía cerco, construcción, rastro, ni indicio de posesión por parte de la acusadora, pues por dieciocho años eran los ciento treinta y ocho feriantes los que estuvieron en posesión de esos predios; por este motivo, la Alcaldía de Vitichi, a través de la oficina de Ordenamiento Territorial, hizo conocer a la acusadora que retire los cercos improvisados que colocó en terrenos de dominio público conforme el documento de 19 de enero de 2012 y al no haberlo hecho, el Gobierno Municipal dispuso el retiro del cerco en cuya determinación no tuvo injerencia alguna, y si bien se encontraba cerca del lugar de los hechos, su presencia de ninguna manera significa que sea autora del ilícito de Despojo