Auto Supremo AS/0222/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2013

Fecha: 29-May-2013

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III. CONSIDERANDO:
3.1.- Recurso de casación.- El recurrente, en su recurso extraordinario de casación deduce las siguientes acusaciones:
Acusa al Tribunal ad quem de haber transgredido el artículo 247 de la Ley de Organización Judicial (abrogada) y el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, ya que correspondía que una vez radicado el proceso ante el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial, sean citados con la demanda en forma personal o mediante cédula en el domicilio señalado en la demanda