Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 103 a 104 vuelta,
Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 103 a 104 vuelta, David Gumiel Quispe y María Esther Bohórquez Velásquez de Gumiel, interponen recurso extraordinario de casación, que se compendia a continuación
- Proceso: División y partición
- Partes: Juana Quispe Mamani vda. de Uño c/ David Gumiel Quispe y otra
- II. CONSIDERANDO
- Que, en grado de apelación, interpuesto por David Gumiel Quispe y María Esther Bohórquez de
- Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 103 a 104 vuelta,
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- Alega que el Juez habría tramitado el proceso sin competencia y que se habría incumplido
- Alega que la interpretación efectuada por el Tribunal ad quem en el Auto de Vista
- Finalmente pide que se revoque el Auto de Vista y casar en el fondo la
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- Tenida cuenta que el recurso de casación no constituye una tercera instancia, no todas las
- Por disposición del artículo 272-1) del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación es
- Por otra parte debe tenerse presente que en la legislación boliviana el recurso ordinario de
- En el caso en examen, el Juez a quo pronunció sentencia declarando probada la demanda
- Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues
- IV. POR TANTO
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- Primer Magistrado Relator Dr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 222/2013
