Auto Supremo AS/0222/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2013

Fecha: 29-May-2013

Por otra parte debe tenerse presente que en la legislación boliviana el recurso ordinario de

Por otra parte debe tenerse presente que en la legislación boliviana el recurso ordinario de apelación es idóneo tanto para cuestionar errores de juzgamiento en los que haya incurrido el juez de primera instancia en la emisión del fallo, cuanto para denunciar errores de procedimiento de la propia sentencia o del procedimiento que lo precede, si acaso no se hubo convalidado el defecto. Por ello, cuando los justiciables han tomado conocimiento de esos defectos procesales por efecto de haber sido notificados con la sentencia, corresponde que denuncien tales defectos en el recurso de apelación para que el Tribunal ad quem mande a subsanar los defectos en caso de ser ciertos