Auto Supremo AS/0222/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2013

Fecha: 29-May-2013

Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues

Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues en realidad mediante escrito de fojas 77 a 78 han planteado un incidente de nulidad de obrados que ha sido resuelto por auto de fojas 85 vuelta a 86 vuelta; de lo cual resulta que al no haberse apelado de la sentencia, la misma se ha ejecutoriado y por consiguiente el incidente de nulidad se ha tramitado y resuelto en la etapa de ejecución. Consiguientemente el Auto de Vista que confirma el auto que rechaza el incidente de nulidad tramitación en etapa de ejecución no es impugnable mediante el recurso de casación, pues no se encuentra comprendido en ninguno de los casos previstos por el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en cuyo mérito el recurso de casación deviene en improcedente