Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues
Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues en realidad mediante escrito de fojas 77 a 78 han planteado un incidente de nulidad de obrados que ha sido resuelto por auto de fojas 85 vuelta a 86 vuelta; de lo cual resulta que al no haberse apelado de la sentencia, la misma se ha ejecutoriado y por consiguiente el incidente de nulidad se ha tramitado y resuelto en la etapa de ejecución. Consiguientemente el Auto de Vista que confirma el auto que rechaza el incidente de nulidad tramitación en etapa de ejecución no es impugnable mediante el recurso de casación, pues no se encuentra comprendido en ninguno de los casos previstos por el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en cuyo mérito el recurso de casación deviene en improcedente
- Proceso: División y partición
- Partes: Juana Quispe Mamani vda. de Uño c/ David Gumiel Quispe y otra
- II. CONSIDERANDO
- Que, en grado de apelación, interpuesto por David Gumiel Quispe y María Esther Bohórquez de
- Contra el referido Auto de Vista, por memorial cursante de fojas 103 a 104 vuelta,
- 3
- Alega que el Juez habría tramitado el proceso sin competencia y que se habría incumplido
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- Finalmente pide que se revoque el Auto de Vista y casar en el fondo la
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- Tenida cuenta que el recurso de casación no constituye una tercera instancia, no todas las
- Por disposición del artículo 272-1) del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación es
- Por otra parte debe tenerse presente que en la legislación boliviana el recurso ordinario de
- En el caso en examen, el Juez a quo pronunció sentencia declarando probada la demanda
- Sin embargo los recurrentes no han interpuesto recurso ordinario de apelación contra la sentencia, pues
- IV. POR TANTO
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- Primer Magistrado Relator Dr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 222/2013
