Auto Supremo AS/0276/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2013

Fecha: 27-May-2013

Por lo que solicita emitir fallo conforme al art

La justicia material, que se constituye en la finalidad primigenia de los órganos de administración de justicia, para prevalecer lo correcto, tiene que prosperar frente al juego leguleyo de tratar de forzar una legalidad a actos reprochables, sosteniendo que la verdad no es ajena a la administración de justicia, porque se debe probar en un proceso, y para ese convencimiento probatorio es suficiente lógica apoyada en las pruebas.
Por lo que señala que el Auto de Vista es extra petita, atenta normas procedimentales y ha otorgado más de lo pedido en apelación y más aún ha incurrido en pronunciamiento valorativo de fondo trazando una línea de cumplimiento para el Juez A quo y anulando obrados lo que representa una contradicción dentro de un propio pronunciamiento.
Por lo que solicita emitir fallo conforme al art. 271 inc. 4) del Código de Procedimiento Civil, para que el Tribunal Ad quem se pronuncie sobre el recurso de apelación, bajo la norma contenida en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil