Ya en el análisis de su recurso, se tiene que dentro del primer motivo, expuesto
Ya en el análisis de su recurso, se tiene que dentro del primer motivo, expuesto como agravio, denunció falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, en torno a cuáles los argumentos que llevaron a concluir falta de fundamentación analítica de la Sentencia en relación a la prueba, pues si bien esa Resolución llega a una conclusión no es evidente cuáles fueron las razones fáctico-jurídicas que acarrearon tal decisión; señalando que tal acción sea vulneradora “al debido proceso en su elemento esencial de la certeza” (sic). Asimismo, expuso que aquella Resolución no respondió al reclamo sobre la ausencia de argumentación de los arts. 37, 39 y 40 del CP, dentro la Sentencia apelada; con estas posiciones el recurrente plantea que el Auto de Vista que recurre asumió un sentido contrario a la doctrina dispuesta por el Auto Supremo 028/2012-RA de 29 de febrero, señalando que es obligación de los tribunales de alzada el responder a todos los puntos que les son puestos en consideración
- Por memoriales presentados el 29 de abril de 2013 (fs
- De los memoriales que cursan de fs
- En este motivo invoca y transcribe una porción del Auto Supremo 028/2012-RA de 29 de
- II.2. Recurso de casación de Yury José Bustillos Bautista
- Arguye que al no haber existido la intimación de pago, mal podía suponerse que su
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ante la formulación de recursos de casación por parte del acusador particular y del imputado,
- Notificado con el Auto de Vista impugnado el 25 de abril de 2013, presentó su
- Ya en el análisis de su recurso, se tiene que dentro del primer motivo, expuesto
- No obstante, el recurrente de no haber elaborado una debida fundamentación para la interposición del
- Como segundo motivo, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada revalorizó prueba, invocando como
- IV.2 Del recurso de casación de Yury José Bustillos Bautista
- Se advierte que notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, formuló solicitud de
- Dentro del análisis de este recurso en particular, se evidencia que el recurrente se limita
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
