Por memorial presentado el 29 de mayo de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 184/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Oruro 10/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Elvis Renato García Barrera
Delitos : Violación y Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de mayo de 2013, cursante de fs. 168 a 172, Elvis Renato García Barrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 10/2013 de 1 de marzo, de fs. 130 a 132 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Leidy Laura Laime Condori, contra el recurrente, por los delitos de Violación y Lesiones Gravísimas, previstos y sancionados por los arts. 308 y 270 inc. 4) del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 184/2013-RA
Sucre, 27 de junio de 2013
Expediente : Oruro 10/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Elvis Renato García Barrera
Delitos : Violación y Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de mayo de 2013, cursante de fs. 168 a 172, Elvis Renato García Barrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 10/2013 de 1 de marzo, de fs. 130 a 132 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Leidy Laura Laime Condori, contra el recurrente, por los delitos de Violación y Lesiones Gravísimas, previstos y sancionados por los arts. 308 y 270 inc. 4) del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 29 de mayo de 2013, cursante de fs
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Arguye también, que la Sentencia no registra los elementos de los delitos por los que
- Como precedentes contradictorios hace referencia a los Autos Supremos 329 de agosto de 2006 y
- Refiere también que la Sentencia otorga mayor credibilidad a las declaraciones de los padres de
- Como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 437/2007 de 24 de agosto y 214 de
- También refiere que existe un vacío sobre el delito de Lesiones y el cómputo de
- No obstante, el Tribunal de alzada consideró que el cómputo de la penalidad era correcta
- Como precedentes contradictorios respecto a este motivo, invoca
- En definitiva, solicita se declare procedente el recurso, se revoque el Auto de Vista y
- El art
- igual; además, esta labor se halla también reconocida por el art
- iii) Y por último, como única prueba admisible,
- Siendo así que, como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados,
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Así, de la revisión del recurso y los motivos que contiene, se establece lo siguiente
- Esta omisión que no puede ser suplida de oficio, deriva en que este Tribunal no
- Se aclara además, con referencia a las SSCC 683/2005-R, 119/2003-R y 489/2003-R, invocados como precedentes
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
