Sobre este aspecto y de la revisión de obrados, particularmente de los datos del proceso
Sobre este aspecto y de la revisión de obrados, particularmente de los datos del proceso ejecutivo seguido por Romy Nava Estrada, se tiene que la ahora recurrente, suscribió un documento de préstamo con garantía hipotecaria del 50 % del inmueble sito en Calle Adolfo Vilar Nº 156 Zona las Delicias por $us 25.000,.-cuando se encontraba separada de su esposo, registrado el mismo como segunda hipoteca; al momento del remate, el precio en el que fue adjudicado fue de 280.000.- Bs. equivalentes a $us 35.000.- dólares, con los cuales se paga a la ejecutante y parte de la deuda del Banco de Crédito en el 50 % que le correspondía. Sin embargo de la capitulación matrimonial de fs. 4 a 5 en su Cláusula Tercera, se tiene el detalle de los bienes entre los que está como único inmueble la casa de la calle Adolfo Vilar, cuya deuda señalan asciende a $us.65.000.- al Banco de Crédito de Bolivia, asimismo, otra deuda de $us.15.000.- a la misma entidad bancaria; otros $us.15.000.- de un contrato de anticresis por ambientes ubicados en el mismo inmueble y otros $us.15.000.- al señor Lisandro Jorge, las mismas que suman un monto de $us.110.000.- (Ciento diez mil dólares americanos), comprometiéndose el señor Miguel Ángel Jorge Flores, al pago de todas las deudas con la condición de que al término de cancelación de las mismas se constituiría en único propietario del inmueble, datos de los que se advierte que las cargas de la comunidad ascienden a un monto mayor al del precio del remate, en ese entendido, este Tribunal considera que no son evidentes los agravios inferidos al respecto, máxime cuando la división y partición de bienes ha sido diferida para ejecución de Sentencia donde las partes podrán dilucidar estos aspectos
- Partes: Miguel Ángel Jorge Flores. c/ Marisol Eugenia Pérez Calderón
- Proceso: Divorcio
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Asimismo, al no haber justificado las partes la totalidad de la existencia o inexistencia de
- Contra esa Sentencia de primera instancia, la parte demandada interpuso recurso de apelación, que fue
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
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- Pide que en consideración de los motivos expuestos, el Tribunal Supremo, anule obrados si encontrara
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso de Autos, la recurrente acusó de manera reiterada, la violación de
- Respecto al primer agravio expresado, acusa la recurrente, error de hecho y de derecho en
- Al respecto, y de la revisión del Auto de Vista recurrido y de los antecedentes
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- Sobre este aspecto y de la revisión de obrados, particularmente de los datos del proceso
- Por las razones expuestas este Tribunal concluye que no son fundados los agravios expuestos por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
