Auto Supremo AS/0297/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2013

Fecha: 05-Jun-2013

Por ello, es que en la especie, se advierte que la empresa recurrente, reclamó en

Por ello, es que en la especie, se advierte que la empresa recurrente, reclamó en la forma -además de la inexistencia de fundamentación del Auto de Vista recurrido-, la nulidad de obrados, por cuanto debió darse cumplimiento al artículo 354. 4) del Código de Procedimiento Civil, citando para ello lo dispuesto por los artículos 190, 236 y 237 de dicho cuerpo legal