Auto Supremo AS/0299/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2013

Fecha: 05-Jun-2013

En este entendido, debe buscarse la justicia material en su realización, en aplicación de los

En este entendido, debe buscarse la justicia material en su realización, en aplicación de los artículos 180. I de la Constitución Política del Estado y 30. 11 de la Ley del Órgano Judicial, logrando así la máxima eficacia de tales derechos, que en el caso de examen se traduce en el reconocimiento y valoración de los años de trabajo efectivo y verdaderos que alega tener el trabajador, conforme la prueba que el mismo presentó y no sólo limitarse a señalar los informes o certificaciones emitidas por los órganos del Estado, éstos que no guardan coherencia con los documentos presentados por el solicitante de la renta para su calificación