Auto Supremo AS/0332/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2013

Fecha: 24-Jun-2013

Bajo este contexto, conforme a los datos del proceso se advierte que la demandante se

Bajo este contexto, conforme a los datos del proceso se advierte que la demandante se desvinculó de su empleador de forma voluntaria en fecha 31 de marzo de 2009, conforme acreditan las literales cursantes a fs. 2, 4 y 9, así como lo afirmado por la propia actora en su memorial de demanda de fs. 10-12, cuando refirió textualmente: “…que mi fecha de ingreso a la Caja Nacional de Salud como auxiliar de enfermería, corresponde al 01 de diciembre de 1985; habiendo prestado mis servicios ininterrumpidamente hasta la fecha de mi retiro voluntario que data el 31 de marzo del año 2009;…”; en consecuencia, no resulta aplicable a su favor la multa del 30% prevista por el artículo 9. II del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006, tampoco lo establecido por el artículo 1. III de la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de 2009, porque su retiro voluntario ocurrió antes de su vigencia